Contar un código supone reconocer la dimensión ética de una profesión al tiempo que contribuye a la construcción de una consciencia colectiva sobre la misma. El código de ética establece los comportamientos esperados así como permite que los usuarios del servicio tengan un sistema referencia de estándares éticos mínimos esperados y exigibles.
En este sentido, resulta importante establecer dos elementos de cara a la creación de un código de ética del servicio de interpretación LSC-Español: (i) el rol y/o las funciones de los intérpretes, y (ii) las competencias requeridas en las diferentes áreas de formación.
De esta forma los currículos que se diseñen tanto en educación formal como informal abordarán dichos temas como parte del proceso de formación integral. Tener un código de ética es fundamental, pero también lo es que sea adoptado y aplicado. Para ello, se pueden crear manuales que guíen el proceso de implementación. La difusión de tal código debe hacerse con todos los potenciales usuarios del servicio, tanto sordos como oyentes, a través de actividades de tipo pedagógico propuestas tanto por organizaciones de la comunidad sorda como de intérpretes. Dichos espacios de diálogo y co-construcción pueden ser aprovechados para llevar a consideración las diferentes iniciativas y propuestas de códigos de ética y deontológicos que se han formulado con miras a construir versiones más cercanas a una propuesta unificada y colaborativa entre actores.
Puesto que la ética profesional y la calidad de los servicios de interpretación LSCEspañol es una de las preocupaciones más urgentes de toda la comunidad sorda, resulta imperativo crear espacios de diálogo constructivo con intérpretes expertos y de prestigio, representantes de las organizaciones de intérpretes, representantes de las organizaciones de personas sordas y la academia. Así mismo, las organizaciones y/o agremiaciones de intérpretes han de impulsar y liderar iniciativas orientadas a garantizar la calidad y el actuar ético de todo el colectivo en la prestación del servicio, sin importar si la formación es empírica o profesional, creando un estándar exigible para los usuarios, los intérpretes y las entidades contratantes.
En relación con las presuntas violaciones o casos de afectación ética del servicio, se propone desde la comunidad sorda la creación de guías y otros materiales que sistematicen a través de recolección de casos o situaciones que sirvan como referente. Así mismo, se propone que se creen procesos de evaluación orientadas a conocer cómo ellos aplican los principios éticos en la prestación de sus servicios.
Los procesos de formación de intérpretes que se adelantan incluyendo los procesos de reconocimiento de la profesión, la Norma Técnica Colombiana de interpretación por parte del ICONTEC, los procesos de convalidación, evaluación y registro de los intérpretes empíricos, así como los reglamentos de trabajo donde se contratan intérpretes directamente o por medio de operadores, entre otras, deberán ser revisadas para verificar la inclusión de criterios de calidad y orientaciones éticas.
De otro lado, el movimiento asociativo de los intérpretes es importante que aúnen esfuerzos para cambiar las concepciones al interior del colectivo así como en la sociedad en general en relación con la humanización del servicio de interpretación, la calidad, actuación ética en relación con la tipología de contratación, las condiciones laborales (seguridad social, tarifas, modalidades de oferta del servicio así como el ámbito o contexto de prestación del servicio).
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